{"id":107,"date":"2026-04-29T10:20:29","date_gmt":"2026-04-29T10:20:29","guid":{"rendered":"https:\/\/sotudeu.org\/?p=107"},"modified":"2026-05-01T10:22:33","modified_gmt":"2026-05-01T10:22:33","slug":"ante-el-pleno-extraordinario","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/2026\/04\/29\/ante-el-pleno-extraordinario\/","title":{"rendered":"Ante el Pleno Extraordinario"},"content":{"rendered":"\n<h2 class=\"wp-block-heading has-vivid-red-color has-text-color has-link-color wp-elements-ed38832d98a1eb102e549577fb61e907\"><a href=\"https:\/\/sotudeu.org\/wp-content\/uploads\/2026\/04\/DESCONVOCATORIA-PLENO.pdf\" target=\"_blank\" rel=\"noreferrer noopener\">DESCONVOCADO EL PLENO<\/a><\/h2>\n\n\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\">Nota de prensa de la Asociaci\u00f3n<\/h2>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\"><strong>Asociacion de vecinos\/as y propietarios\/as de Sotu Deu<\/strong>&nbsp;<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">A los vecinos de Sotu Deu nos han despojado de un camino p\u00fablico. El \u00fanico con que el pueblo contaba para acceder al r\u00edo Sella; un camino hist\u00f3rico, empedrado y ancho, de uso continuado hasta hoy, y consolidado adem\u00e1s por la Concentraci\u00f3n Parcelaria de 1991.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">En enero de este a\u00f1o, un particular se lo ha apropiado. Para conseguirlo, solicit\u00f3 el cierre de un metro de ancho omitiendo que en realidad estaba cerrando el paso a los vecinos. Lo acompa\u00f1\u00f3 con documentaci\u00f3n equ\u00edvoca (del Catastro) y no present\u00f3 la escritura de propiedad, donde figura el plano oficial de Concentraci\u00f3n Parcelaria con el camino recogido en \u00e9l.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La autorizaci\u00f3n del cierre lleva la firma de la Concejala de Urbanismo, prima carnal suya, quien a pesar de conocer la existencia del camino p\u00fablico<strong>*<\/strong>, da por buena la solicitud que su primo presenta. La solicitud aparece en la oficina t\u00e9cnica encubierta como una simple \u201cobra menor\u201d, de 1 metro de ancho por 1,20 de alto. Y el aparejador, confundido por el plano del Catastro, que no incluye los caminos de Concentraci\u00f3n Parcelaria, la informa favorablemente.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El Ayuntamiento nunca traslada a los vecinos la autorizaci\u00f3n emitida y el vecino cerrador, intencionadamente, espera los 30 d\u00edas a que obliga la ley para interponer recurso, y acomete el cierre. Los vecinos, al ver las obras, se reunieron y denunciaron ante el Ayuntamiento el despojo, solicitando a la Consejer\u00eda de Medio Rural informaci\u00f3n oficial.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Actualmente, a pesar de que los tres informes sucesivos de Infraestructuras Agrarias (Consejer\u00eda de Medio Rural) certifican la condici\u00f3n p\u00fablica del camino, el equipo de gobierno municipal sigue respaldando la autorizaci\u00f3n de la concejala. Se ampara en un informe jur\u00eddico que disculpa las irregularidades del proceso, obviando el agravante que supone el parentesco y omitiendo el grave perjuicio que el despojo causa a los vecinos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Escud\u00e1ndose en ese informe, el Alcalde decide convocar un pleno para derivar a un Tribunal civil el asunto, descuidando su obligaci\u00f3n de defender los bienes p\u00fablicos.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Los vecinos, constituidos en Asociaci\u00f3n desde el 12 de abril, han presentado al Pleno en cuesti\u00f3n varias alegaciones, todas ellas fundadas en la posesi\u00f3n del bien y en el despojo de un uso probado. En las alegaciones, se reclama al Ayuntamiento que emplee las herramientas legales de que dispone para la \u201crecuperaci\u00f3n de oficio del bien p\u00fablico\u201d, sin necesidad de ir a los Tribunales civiles. En Asturias existe jurisprudencia sobre c\u00f3mo un Consistorio puede recuperar un bien \u201cdemanial\u201d (p\u00fablico) por si mismo cuando la posesi\u00f3n del bien es notoria y cuando el perjuicio causado es evidente, como es el caso.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Entretanto, a lo largo de estos meses, el vecino cerrador ha acometido varias obras fuera de licencia municipal y sin comunicarlas siquiera a Confederaci\u00f3n Hidrogr\u00e1fica, demoliendo el muro que separaba el camino de su propiedad, trasladando las piedras de la pared para bloquear el paso y extendiendo la tierra del talud sobre el empedrado con el fin de borrar la existencia del camino.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El jueves 30 de abril, en el Pleno extraordinario, los concejales de Parres tendr\u00e1n la ocasi\u00f3n de corregir el error y ordenar la retirada del cierre. Si no defienden la propiedad p\u00fablica con las facultades que tienen, y buscan que un Tribunal les obligue a rectificar las irregularidades que rodean todo el procedimiento, estar\u00e1n prolongando la injusticia que sufren los vecinos de Sotu Deu y, por extensi\u00f3n, el municipio en su conjunto.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">_____________<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">* La concejala, junto a dos vecinos de la Asociaci\u00f3n, fueron informados en reuni\u00f3n conjunta por la arquitecta municipal, en su despacho, sobre la condici\u00f3n de \u201ccamino p\u00fablico\u201d del vial cerrado, dos meses antes de la autorizaci\u00f3n.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La Asociaci\u00f3n vecinal de Sotu Deu. 28 de abril, 2026.<\/p>\n\n\n\n<p class=\"has-vivid-red-color has-text-color has-link-color wp-elements-1811dbab6b9ea68259742005f7bccc0c wp-block-paragraph\"><strong>COMUNICADO DE LA ALCALD\u00cdA DESCONVOCANDO EL PLENO<\/strong>. Mi\u00e9rcoles 29 de abril de 2026:<\/p>\n\n\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">\u00ab<em>Considerando que existen dudas razonables sobre el procedimiento de dictamen de la Comisi\u00f3n Informativa de Urbanismo de fecha 27 de abril de 2026, en la que se dictamin\u00f3 el asunto del orden del d\u00eda del Pleno de 30 de abril de 2026 a las 9.00 horas, relativo a solicitud de revisi\u00f3n de autorizaci\u00f3n para cierre de camino p\u00fablico en Soto de Dego (expediente 43108Y), y a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa vigente en el Ayuntamiento de Parres a fecha de corrientes.<br>Considerando lo dispuesto por el art\u00edculo 21.1 c) de la Ley 7\/1985 de 2 de abril, Reguladora de las Bases del R\u00e9gimen Local.<br>RESUELVO: Desconvocar la Sesi\u00f3n Extraordinaria del Pleno convocada al efecto para el pr\u00f3ximo 30 de abril de 2026 a las 9.00 horas<\/em>.\u00bb<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>DESCONVOCADO EL PLENO Nota de prensa de la Asociaci\u00f3n Asociacion de vecinos\/as y propietarios\/as de Sotu Deu&nbsp; A los vecinos de Sotu Deu nos han despojado de un camino p\u00fablico. 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La solicitud aparece en la oficina t\u00e9cnica encubierta como una simple \u201cobra menor\u201d, de 1 metro de ancho por 1,20 de alto. Y el aparejador, confundido por el plano del Catastro, que no incluye los caminos de Concentraci\u00f3n Parcelaria, la informa favorablemente.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>El Ayuntamiento nunca traslada a los vecinos la autorizaci\u00f3n emitida y el vecino cerrador, intencionadamente, espera los 30 d\u00edas a que obliga la ley para interponer recurso, y acomete el cierre. Los vecinos, al ver las obras, se reunieron y denunciaron ante el Ayuntamiento el despojo, solicitando a la Consejer\u00eda de Medio Rural informaci\u00f3n oficial.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Actualmente, a pesar de que los tres informes sucesivos de Infraestructuras Agrarias (Consejer\u00eda de Medio Rural) certifican la condici\u00f3n p\u00fablica del camino, el equipo de gobierno municipal sigue respaldando la autorizaci\u00f3n de la concejala. Se ampara en un informe jur\u00eddico que disculpa las irregularidades del proceso, obviando el agravante que supone el parentesco y omitiendo el grave perjuicio que el despojo causa a los vecinos.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Escud\u00e1ndose en ese informe, el Alcalde decide convocar un pleno para derivar a un Tribunal civil el asunto, descuidando su obligaci\u00f3n de defender los bienes p\u00fablicos.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Los vecinos, constituidos en Asociaci\u00f3n desde el 12 de abril, han presentado al Pleno en cuesti\u00f3n varias alegaciones, todas ellas fundadas en la posesi\u00f3n del bien y en el despojo de un uso probado. En las alegaciones, se reclama al Ayuntamiento que emplee las herramientas legales de que dispone para la \u201crecuperaci\u00f3n de oficio del bien p\u00fablico\u201d, sin necesidad de ir a los Tribunales civiles. En Asturias existe jurisprudencia sobre c\u00f3mo un Consistorio puede recuperar un bien \u201cdemanial\u201d (p\u00fablico) por si mismo cuando la posesi\u00f3n del bien es notoria y cuando el perjuicio causado es evidente, como es el caso.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>Entretanto, a lo largo de estos meses, el vecino cerrador ha acometido varias obras fuera de licencia municipal y sin comunicarlas siquiera a Confederaci\u00f3n Hidrogr\u00e1fica, demoliendo el muro que separaba el camino de su propiedad, trasladando las piedras de la pared para bloquear el paso y extendiendo la tierra del talud sobre el empedrado con el fin de borrar la existencia del camino.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>El jueves 30 de abril, en el Pleno extraordinario, los concejales de Parres tendr\u00e1n la ocasi\u00f3n de corregir el error y ordenar la retirada del cierre. Si no defienden la propiedad p\u00fablica con las facultades que tienen, y buscan que un Tribunal les obligue a rectificar las irregularidades que rodean todo el procedimiento, estar\u00e1n prolongando la injusticia que sufren los vecinos de Sotu Deu y, por extensi\u00f3n, el municipio en su conjunto.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>_____________<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>* La concejala, junto a dos vecinos de la Asociaci\u00f3n, fueron informados en reuni\u00f3n conjunta por la arquitecta municipal, en su despacho, sobre la condici\u00f3n de \u201ccamino p\u00fablico\u201d del vial cerrado, dos meses antes de la autorizaci\u00f3n.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->\n\n<!-- wp:paragraph -->\n<p>La Asociaci\u00f3n vecinal de Sotu Deu. 28 de abril, 2026.<\/p>\n<!-- \/wp:paragraph -->","_et_gb_content_width":"","footnotes":""},"categories":[3],"tags":[],"class_list":["post-107","post","type-post","status-publish","format-standard","has-post-thumbnail","hentry","category-actualidad"],"_links":{"self":[{"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/107","targetHints":{"allow":["GET"]}}],"collection":[{"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts"}],"about":[{"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/types\/post"}],"author":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/users\/1"}],"replies":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/comments?post=107"}],"version-history":[{"count":10,"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/107\/revisions"}],"predecessor-version":[{"id":227,"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/posts\/107\/revisions\/227"}],"wp:featuredmedia":[{"embeddable":true,"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media\/87"}],"wp:attachment":[{"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/media?parent=107"}],"wp:term":[{"taxonomy":"category","embeddable":true,"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/categories?post=107"},{"taxonomy":"post_tag","embeddable":true,"href":"https:\/\/sotudeu.org\/index.php\/wp-json\/wp\/v2\/tags?post=107"}],"curies":[{"name":"wp","href":"https:\/\/api.w.org\/{rel}","templated":true}]}}